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Replantea CUV Reforma al Infonavit

Luego de que se dieran a conocer las Reformas a la Ley del Infonavit, la Central Unitaria de Vivienda A.C. emite un planteamiento de modificación sobre los artículos reformados.
 

Infonavit

 

Comunicado de la CUV sobre las reformas a la Ley del Infonavit

Dra. Claudia Sheinbaum Pardo

Presidenta de México

Ing. Octavio Romero Oropeza

Director general del INFONAVIT

Comisión de vivienda

De la cámara de diputados y senadores


La Central Unitaria de Vivienda A.C. (CUV) advierte que recursos derivados de la Subcuenta de vivienda del Infonavit hay una franca intención para apropiarse de los mismos y destinarlos al Fondo de Pensiones; además pretenden construir 1 millones de viviendas para justificar la apropiación permanente de este dinero.


Por lo anterior la CUV rechaza categóricamente la creación de un millón de viviendas con el dinero de la Subcuenta por dos razones; primero porque es un dinero de los trabajadores y segundo porque en el país hay millones de viviendas sin certeza jurídica; de estas 2.5 millones se encuentran en posesión irregular y son una prioridad darles certeza jurídica, y no solo para garantizar el patrimonio familiar sino porque muchas viviendas son parte de la infraestructura del crimen organizado y construir un millón de viviendas en medio de esta desorganización urbana implica incrementar la inseguridad en el país.

En este contexto la CUV plantea las diferentes reformas a la ley de vivienda:


A).- 1.- Que el artículo 37 vuelve a su estado original, es decir que quede de la siguiente manera:

Artículo 37. El derecho a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda prescribe a favor del Fondo Nacional de la Vivienda (Infonavit) a los 10 años de ser exigibles.


B).- Artículo 7o.- La Asamblea General es la autoridad suprema del Instituto, y se integrará en forma

tripartita con cuarenta y cinco miembros, designados:

Quince por el Ejecutivo Federal,

Quince por las organizaciones nacionales de trabajadores, y

Quince por las organizaciones nacionales patronales.


Por cada miembro propietario se designará un suplente.


Los miembros de la Asamblea General durarán en su cargo seis años y podrán ser removidos libremente por quien los designe.


Y proponemos: Quince miembros de la sociedad civil sean miembros de la asamblea general, que no son representados por el ejecutivo federal, ni los sindicatos y organizaciones patronales.


Así como representación de la sociedad civil en el Consejo de Administración, la Comisión de Vigilancia, el Comité de Auditoría, la dirección general, la comisión de inconformidades, el comité de transparencia y las comisiones consultivas regionales con carácter paritario.


C):_ Artículo 37.- El derecho del trabajador y, en su caso, de sus beneficiarios a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda, en los términos descritos en el artículo 40, es imprescriptible.


Párrafo reformado DOF 30-04-2024


La devolución de los recursos de la subcuenta de vivienda para los trabajadores que tengan menos de setenta años se realizará ante el Instituto y se sujetará a los procedimientos y requisitos que determine el Consejo de Administración, mediante disposiciones de carácter general que deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de Internet del propio Instituto.


En el entendido que el ahorro de la subcuenta no es un recurso para el retiro proponemos que sea de la siguiente manera. La devolución de los recursos de la subcuenta de vivienda para los trabajadores podrá retirar sus ahorros cuando lo considere pertinente y se realizará ante el Instituto.


D).- El artículo 40 de la Ley del Infonavit establece que los fondos de la subcuenta de vivienda que no se hayan aplicado como pago inicial se pueden transferir a las administradoras de fondos para el retiro.


Y proponemos Artículo 40 establece de la subcuenta de vivienda que no se hayan aplicado como pago inicial se pueden transferir a la regularización de la cartera vencida del instituto.


E).- Reformar el artículo 38 de la Ley del Infonavit para darle facultad, al Instituto, para adquirir vivienda sin certeza jurídica a fin de formalizar el dominio de los inmuebles, contrario al aprobado por el senado el 13 de diciembre del 2024 para construir y arrendar vivienda.


El día martes a las 10 de la mañana, del 14 de enero de 2025, Central Unitaria de Vivienda y otras organizaciones entregaremos nuestras propuestas y solicitaremos una reunión de carácter urgente con el director general, Octavio Romero Oropeza y posteriormente con la Comisión de vivienda de la cámara de diputados y senadores.


Así mismo entregaremos la misma petición en la presidencia de la república.


Las organizaciones sociales se reservar el derecho para que nuestras propuestas puedan ser escuchadas a partir de la exigencia social.


En representación de las organizaciones sociales:

Juan Soltero Sánchez

César Del Pardo Escalante

David Alejandro Muñoz Solís

J. Jesús Escareño Pérez

 

Ciudad de México, martes 14 de enero de 2025.-


*** El presente pronunciamiento es responsabilidad exclusiva de sus autores y no necesariamente refleja la línea editorial de este medio. Se publica en apego y respeto al principio de libertad de expresión.

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