La Sala Especializada acreditó diversas faltas electorales cometidas por el presidente desde un año antes de los comicios, sin embargo, un blindaje constitucional impide que el mandatario sea sancionado.
Por: Enrique Serna, @ESernamx / Foto: Especial.
Ciudad de México, jueves 11 junio 2024.- El presidente, Andrés Manuel López Obrador utilizó los programas sociales para coaccionar el voto en favor de Morena, según determinó la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por diversas declaraciones en la mañanera, donde también se refirió en repetidas ocasiones al Plan C, parar lo que Morena requería la mayoría calificada en el Congreso, por lo que incurrió en faltas electorales.
López Obrador también utilizó indebidamente los recursos públicos y violó la Constitución, según las denuncias recibidas en Tribunal, desde un año previo al dos de junio, pues a esas fechas se remontan las quejas interpuestas por la oposición, en las que se reclaman al menos siete ilícitos acreditados ya por el tribunal.
Pese a ello, el Ejecutivo únicamente podría ser incluido al catálogo de funcionarios que violaron la Carta Magna, pues la propia Constitución blinda al presidente y no puede ser sancionado, aunque los funcionarios encargados de difundir la conferencia mañanera si pueden ser acreedores a una sanción.
Por primera vez se acredita un uso indebido de programas sociales de gobierno con fines electorales, aunque de ello se libró de responsabilidad a Claudia Sheinbaum al argumentar que, “no obtuvieron beneficio indebido, ya que no tenían conocimiento de las acciones del presidente”.
Por otro lado, se acreditó la violación a los principios constitucionales de equidad, neutralidad e imparcialidad en la contienda por parte de López Obrador, pero también para Sheinbaum Pardo porque replicó las declaraciones presidenciales en conferencias y redes sociales.
Adicionalmente, la científica utilizó recursos públicos pues dispuso de recursos humanos, financieros y materiales para celebrar y difundir expresiones del primer mandatario. Sin embargo, nada acredita que el gobierno capitalino haya utilizado dinero público para la promoción, por lo que no se advierte sanción.
Queda para el análisis si las acciones del mandatario influyeron en los resultados del dos de junio, aunque se acreditó una clara intención electoral. La resolución todavía puede ser impugnada ante la Sala Superior.
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